Un blog sobre abogacía y justicia en Canarias, sobre los problemas de la gente y de sus soluciones en materia de leyes, un blog que trata de acercar con naturalidad y frescura este mundo que para muchos es distante y cerrado, un blog de anécdotas de juzgado y de experiencias de colegas.

martes, 26 de octubre de 2010

Aguas territoriales canarias

Como última noticia, nos hemos echo eco de que Coalición Canaria apoya los presupuestos generales para 2011, a cambio del favor del Gobierno de que las aguas interinsulares, en boca del propio Paulino Rivero, pasen a denominarse "aguas territoriales canarias". Lo que puede que ignore mucha gente, es que esto no tiene trascendencia jurídica de ningún tipo. Si lo que pretende Paulino Rivero es colarnos algun tipo de bulo electoral espero que no lo haya logrado. Muchos deben saber que las aguas interinsulares son aguas internacionales, reguladas por las leyes que establece la ONU, exceptuando las millas de costa que prevee la ley de costas en España. Por consiguiente ya me diran ustedes que finalidad se busca con esto. Saludos.

martes, 13 de abril de 2010

Hostelería en el Sur de Tenerife

Un amigo relacionado con el campo de la restauración en el Sur de Tenerife me comentaba hace unos días la crisis que está sufriendo ese sector, no sólo como consecuencia de la caída generalizada de la economía, sino también de la dura competencia que recibía de los hoteles de la zona, que seguían la estrategia de fidelizar al cliente mediante la prestación en el interior de sus dependencias de todas clase de servicios de forma gratuita, hasta el punto de que éstos clientes, generalmente extranjeros, no tenían interés en salir de sus instalaciones y visitar restaurantes, bares y otros establecimientos, ya que los servicios que éstos les podían prestar, los obtenían gratis o a muy bajo precio en el Hotel de su residencia.
Indudablemente, tal situación se estaba convirtiendo en desesperada, pues en un mercado tan sensible a las corrientes turísticas, del que prácticamente se nutre para subsistir, una disminución considerable de la demanda produce, en un primer momento el despido de trabajadores, y si la situación continúa, termina por ocasionar el cierre del establecimiento.
Me preguntaba este amigo, si nuestras leyes no contienen remedios para evitar o al menos paliar en alguna forma esta terrible situación, o si las autoridades no pueden adoptar medidas dirigidas a poner coto a la posición dominante que los hoteles ejercían en este sector de mercado.
A esta inquietud que mi amigo me transmitía le contesté que tanto la legislación europea como la española establecían una serie de mecanismos de lucha contra las prácticas anticompetitivas y los abusos de posición dominante, de tal forma que los operadores que incurrían en dichas prácticas o abusos, podían ser condenados por el Tribunal de Defensa de la Competencia no sólo al pago de una multa sino también a la prohibición de que en el futuro se continuase con la conducta prohibida. Sería cuestión de estudiar, le dije, la jurisprudencia europea y española y buscar si hay supuestos que presentasen semejanzas con el que me comentaba antes de iniciar con éxito cualquier tipo de reclamación.
No cabe duda que el caso es interesante desde el punto de vista jurídico, y mueve a la curiosidad de cualquier persona que tenga inquietudes en este campo de la competencia en el mercado.